jueves, 23 de octubre de 2008
Segovia: El Defensor del Ciudadano y las Ciudades Saludables
Se trata de una actividad organizada por la Asociación de Amas de Casa y Consumidores "María del Salto", en la que también estarán presentes Ana mª Martín Moreno (Defensora Universitaria de I.E. Universidad) y Mariano Fernández Fernández (Director Provincial de Tráfico).
( Ver más: http://www.segovia.es/segovia/contenidos.item.action?id=5571812&menuId=3915046 )
( Enlace - Defenasor del Ciudadano de Segovia: http://www.segovia.es/segovia/contenidos.item.action?id=3509812&type=3509812)
sábado, 18 de octubre de 2008
Importante encuentro en Córdoba
Esperamos vuestra incripción (por teléfono al 900 102 100 o email) Un abrazo.
Francisco García-Calabrés Cobo <fgcc01@dipucordoba.es
Jornadas. Derechos y Mecanismos de Garantías. X Aniversario Defensor de la Ciudadanía.
Conmemoramos este año el X aniversario de la creación de la figura del Defensor de la Ciudadanía de la provincia de Córdoba. Órgano creado en 1998 con carácter pionero en Andalucía, por la Diputación de Córdoba para la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos respecto de las administraciones públicas. La consolidación de esta figura del Defensor de la Ciudadanía es un hecho contrastado año tras año, tanto por la demanda social que incrementa el número de los expedientes tramitados, como por la influencia y repercusión de sus informes y actividades; o bien por los 63 Ayuntamientos de la provincia que ya han asumido como propia esta figura puesta a su servicio.
Los ciudadanos necesitan órganos de mediación entre las administraciones públicas, que con las debidas garantías orgánicas y funcionales, informen de sus derechos y velen por el respeto de los mismos. La proliferación de estas figuras en el ámbito de lo local, y la adhesión a la misma de numerosos ayuntamientos son así una muestra de madurez democrática y de calidad y transparencia institucional.
Estas jornadas, tratan de reflexionar y valorar el paso de estos 10 años, de la mano de otras Defensorías y sobre todo, de los colectivos de los ciudadanos, para abordar con mejores herramientas los retos de un futuro de convivencia y participación.
Programa de las Jornadas
JUEVES 30 DE OCTUBRE
9'45h. Recepción y entrega de documentación
10'00h. Inaguración
Francisco Pulido Muñoz
Presidente de la Diputación de Córdoba
Rosa Lucía Polonio Contreras
Vicepresidenta de la FAMP
Claudia Zafra Mengual
Adjunta al Defensor del Pueblo Andaluz
Antonio Ruiz Cruz
Diputado Delegado de Participación Ciudadana
Francisco García-Calabrés Cobo
Defensor de la Ciudadanía
10'30 h. Pausa Café
11'00 h. Conferencia: "El respeto de los derechos humanos en la Unión Europea"
Álvaro Gil-Robles y Gil-Delgado
Ex Comisario Europeo Derechos Humanos y Ex Defensor del Pueblo Español.
Presenta: Francisco García-Calabrés Cobo
Defensor de la Ciudadanía de Córdoba
13'00 h. Mesa redonda: "Las Defensorías Ciudadanas en el ámbito local"
Melchor Saiz-Pardo Rubio
Defensor del Ciudadano de Granada
Claudia Zafra Mengual
Adjunta al Defensor del Pueblo Andaluz
Francisco Gutierrez Rodríguez
Defensor del Ciudadano de Málaga
Rosa Lucía Polonio Contreras
Vicepresidenta de la FAMP
Modera: Fernando Santos Urbaneja
Coordinador del Foro Andaluz de Bienestar Mental
17'00 h. Conferencia: "Retos de las Defensorías Ciudadanas en el siglo XXI: nuevos derechos y nuevos problemas"
José Chamizo de la Rubia
Defensor del Pueblo Andaluz
Presenta: María Dolores Adam MuñozEx Defensora Universitaria UCO
18'00 h. Mesa redonda: "Exclusión y esperanza"
Esther Muñoz Muñoz
Ex Coordinadora As, Pro Derechos Humanos de Andalucía
Jaime Loring Miró
Presidente de lemakaié
Dolores Vallecillo Fernández
Directora de Cáritas Diocesana de Córdoba
Rosario Gutiérrez Sancho
Colectivo Córdoba Solidaria
Modera: Matilde Cabello Rubio
Periodista
19'30 h. Taller: "Demandas ciudadanas ante las Administraciones Públicas"
Bartolomé Olivares Dovao
Presidente Asociación Acción Ecologista Guadalquivir
Antonio Hermoso Palomino
Presidente de FEPAMIC
Rocío Carrillo Castro
Delegada Fed.Mujeres Progresistas Andalucía, Córdoba
Francisco Jiménez Antúnez
Presidente Fundación Secretariado Gitano
Modera: Alfonso Fernández Zamorano
Director de la Fundación Enet-Arco Iris
VIERNES 31 DE OCTUBRE
10'00 h. Mesa Redonda: "Mecanismos de Garantías y Participación Ciudadanas"
Luis Carreto Clavo
Presidente de CECO
Rafael Rodríguez Carracedo
Secretario Gral de CC.OO. Córdoba
Serafín Romero Agüit
Presidente del Colegio de Médicos de Córdoba
Anabel Carrillo Lafuente
Presidenta del Consejo Social de la UCO
José Rebollo Puig
Decano del Colegio de Abogados de Córdoba
Modera: Margarita Ruíz Schrader
Presidenta del INET
11'30 h. Pausa Café
12'00 h. Conferencia: "Derechos Humanos y Derechos Ciudadanos"
Enrique Barón Crespo
Ex Presidente del Parlamento Europeo
Antonio Ruíz Cruz
Diputado de Participación Ciudadana, Diputación de Córdoba
13'30 h. Acto de clausura
domingo, 12 de octubre de 2008
Premios ciudad de Jerez Agustín García Lázaro. Premio Especial Ciudad de Jerez:"Todavía queda mucho por hacer"
El ex Defensor del Ciudadano explica que algunos de los casos que más le han conmovido estos años son los de personas mayores 'atrapadas' en sus viviendasFuente: Diario de Jerez
- ¿Qué ha supuesto para usted este premio?
- No me gustan los tópicos, pero creo que hay muchas personas y colectivos que se merecen este premio mucho más que yo. En estos años he tenido la oportunidad de conocer a muchas de estas personas, anónimas a veces, que trabajan por los demás sin ningún tipo de reconocimiento. En todo caso, supone para mi un gran honor que me distingan con este premio que, entiendo y así se ha dicho, es ante todo un reconocimiento al trabajo de la Oficina del Defensor de la Ciudadanía y que, por tanto, también es un premio para mis compañeros. Si algo siento es que no estén ya mis padres, que tanto se habrían alegrado.
- ¿Cree que en este tiempo la figura del Defensor del Ciudano ha conseguido calar en la sociedad jerezana?
- Como toda institución nueva, la implantación de esta figura lleva su tiempo. En estos casi cinco años de existencia creo que ya es suficientemente conocida, como queda demostrado por el incremento de casos que se experimenta cada año y por la gran variedad de asuntos tratados que los ciudadanos pueden ver en nuestras memorias, publicadas en la web. Lógicamente aún hay mucho por hacer para llegar a esas personas que no conocen todavía la Oficina, y en esa línea se trabaja con total disponibilidad para llegar allí donde se nos solicite.
- ¿Ha sentido impotencia ante las dificultades para resolver determinados casos?
- El defensor es ante todo un mediador, no un solucionador de casos. En este sentido, es cierto que no siempre se solucionan los problemas que se plantean o se atienden nuestras peticiones, por muy fundamentadas que estén. En estos casos sí nos sentimos impotentes. Sin embargo, hay también que decir que casi en el 80% de los asuntos en los que planteamos peticiones o propuestas al Ayuntamiento, estas son atendidas total o parcialmente a favor de los ciudadanos.
- ¿Qué casos le han conmovido más?
- Muchos, especialmente los relacionados con problemas de personas mayores que viven solas o atrapadas en sus viviendas, los de personas con discapacidad que, a consecuencia de barreras arquitectónicas o urbanísticas, viven con grandes limitaciones… Especialmente dolorosos son los problemas que nos plantean las madres de personas que están en prisión y ante los que poco podemos hacer, o los de las personas que están en paro y atraviesan difíciles situaciones familiares… Muy frecuentes son también las peticiones de personas que solicitan una vivienda social. En Jerez todos tenemos que trabajar mucho para conseguir una ciudad más justa y solidaria. Aún queda mucho por hacer...
- ¿Cómo ha sido su relación con los políticos?
- En líneas generales ha sido buena, pero complicada a veces. No hay que olvidar que en estos años hemos tenido dos alcaldesas y tres gobiernos muy diferentes. Ha habido muchos cambios y esto, para una institución que empieza a rodar, no ha sido fácil. Sin embargo, creo que ya se han sentado las bases para abordar los problemas que plantean los ciudadanos de una manera más ágil y con más transparencia.
Enlace Ayuntamiento de Jerez: http://www.jerez.es/index.php?id=5689
jueves, 9 de octubre de 2008
III Jornades de Formació - FòrumSD - Catalunya

Foto: II Jornades
Mataró 2007
Data: 30 i 31 d'octubre de 2008
Lloc: Museu Marítim de Barcelona (sala d'actes)
Dijous, 10 a 18 hores, Divendres, 10 a 16 hores.
PROGRAMA JORNADES
Dijous 30
10 h - Inauguració: Alcalde de Barcelona.
10,30 h - Conferència Inaugural: "Els reptes de les ciutats": Josep Martí Gómez. Periodista.Presenta: Pilar Malla, Síndica de Greuges de Barcelona.
11,30 h - Pausa-cafè
12 h - Sessió 1: La Carta Europea de Salvaguarda dels Drets Humans a la Ciutat - Una eina de treball per les sindicatures locals. Ponent: Juan Ignacio Soto Valle, secretari general de la Diputació de Girona.
Moderador: Carles Dalmau, Síndic de Greuges de Sant Boi - President del FòrumSD
14 h - Dinar - Museu Marítim
16 h - Sessió 2: Experiències d’aplicació de la Carta - El dret a la protecció social - Reflexions i propostes sobre l'aplicació de les lleis socials
Grup de treball: Josep Escartin (Sabadell), Frederic Prieto (Cornellà), Marino Villa (Barcelona)
Moderadora: Pilar Malla (Barcelona)
Divendres 31
10 h - Sessió 3: Experiències d’aplicació de la Carta - El dret a la salut i al medi ambient
Grup de treball: Jordi Quintàs, Merche Moreno (Rubí), Francisco Amaya, Dolors Muñoz, Begoña Ballvé (Mollet), Fernando Oteros (Sta. Coloma), M. Glòria Valeri (Vilafranca), Pilar Silveiro, Gemma Castells (Lleida)
Moderador: Josep Giné (Lleida)
11,30 h - Pausa-cafè
12h - Sessió 4: Experiències d’aplicació de la Carta - El dret a l’eficàcia dels serveis públics i el principi de transparència
Grup de treball: Eduard Puig (Figueres), Carina Peracaula (Girona), José Luis Mayo, Assumpció Vilatje (Sant Feliu de Guíxols), Jordi Sistach (Palamós); Miquel Brugués, Alba Felip (Salt)
Moderadora: M. Teresa Seseras (Girona)
13,30 h - Cloenda: Pilar Malla, Síndica de Greuges de Barcelona; Carles Dalmau, Síndic municipal de Greuges de Sant Boi - President del FòrumSD; Xavier Amor, Diputat de la delegació de Participació Ciutadana, Diputació de Barcelona; Rafael Ribó, Síndic de Greuges de Catalunya
14 h - Dinar - Museu Marítim
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L’esquema comú pel desenvolupament de les sessions és el següent:
- Dret de referència: exposició del marc normatiu – legal
- Competències del Ajuntaments
- Exposició de les dificultats i problemàtiques més recurrents. Estat de la qüestió, queixes rebudes i/o actuacions conegudes.
- Possibilitats d’actuacions – preventives, d’ofici i/o propostes i exemples de resolució de casos.
- Proposta de conclusions.
lunes, 6 de octubre de 2008
La Defensoría del Pueblo Riojano ha aprobado una carta de servicios de esta institución
La Defensoría del Pueblo Riojano ha aprobado una carta de servicios de esta institución con el fin de ofrece la "máxima transparencia" y "dar ejemplo en lo que diariamente venimos exigiendo a los órganos administrativos", según ha dicho su responsable, María Bueyo Díez Jalón.
Díez Jalón ha añadido que esta carta de servicios, que está en vigor desde el pasado mes, recuerda que la Defensoría del Pueblo sugiere a las administraciones públicas supervisadas que han de prestar sus servicios a los ciudadanos con las debidas garantías.
Ello permite satisfacer a los ciudadanos en su derechos a ser informado con exactitud sobre los problemas planteados, por lo que esta carta de servicios del Alto Comisionado del Parlamento tiene como fin "explicitar y difundir" los servicios que presta a la ciudadanía, los derechos de las personas usuarias y los principios generales de actuación.
También pretende dar a conocer, ha dicho, los compromisos de calidad asociados a cada servicio y la tramitación de quejas y reclamaciones que se puedan presentar en relación con el propio funcionamiento de la Oficina del Defensor del Pueblo Riojano.
Esta carta de servicios, formada por 32 artículos distribuidos en siete capítulos, es una de las primeras que aprueba una Defensoría del Pueblo autonómica.
Entre los derechos de las personas que acuden al Defensor del Pueblo Riojano figuran los de "recibir atención directa y personal de forma respetuosa y adaptada a sus circunstancias personales, sociales y culturales" y "conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de su queja, formular alegaciones y aportar documentos antes de la terminación del procedimiento".
También se reconoce a la ciudadanía el derecho a formular reclamaciones y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios prestados por el Defensor del Pueblo Riojano, como, por ejemplo, desatención, tardanza o cualquier otra anomalía relacionada con el funcionamiento de los servicios de esta institución.
"Todas las decisiones y resoluciones del Defensor del Pueblo Riojano serán motivadas, expresando de forma clara y comprensible las razones de su adopción y respondiendo a todas las cuestiones que hayan sido planteadas por la persona interesada", según el capítulo de principios generales de actuación del Alto Comisionado.
La ausencia de discriminación, la imparcialidad, la independencia, la confidencialidad, la transparencia, la celeridad, la simplicidad, la responsabilidad, la participación ciudadana, la colaboración con las administraciones públicas, la comprensión, la modernización y la mejora continua son otros de los principios de actuación de la Oficina del Defensor.
Se establece una serie de criterios para la elaboración de las respuestas a las reclamaciones y sugerencias de los ciudadanos, como que el acuse de la recepción de la queja se envíe en el plazo máximo de cinco días y antes de quince días se comunique si es o no admitida a trámite.
La decisión resolutoria del expediente de queja se adoptará en el plazo máximo de un mes desde la conclusión de las diligencias de investigación y, si existen circunstancias excepcionales que impidan cumplir ese compromiso, se comunicará a la persona interesada.
La respuesta de la Oficina del Defensor al ciudadano deberá ser "lo más rápida posible, formulada en términos sencillos y comprensibles, sin utilizar tecnicismos; y con detalle de las medidas que se adoptarán para corregir los defectos denunciados y evitar su repetición o para materializar y llevar a cabo las iniciativas sugeridas que se acepten", ha concluido Díez Jalón.
domingo, 5 de octubre de 2008
Defensoría de Jerez

García Lázaro, galardonado con el Premio Especial Ciudad de Jerez
La alcaldesa, Pilar Sánchez, anunció ayer la relación de personas, empresas e instituciones galardonadas con los Premios Ciudad de Jerez 2008, que serán aprobados hoy, día 26 de septiembre, por la junta de gobierno local y entregados, como es tradicional, con motivo del 'Día de Jerez', festividad de San Dionisio.
El galardonado con el premio especial Ciudad de Jerez es Agustín García Lázaro, que durante cuatro años ha desempeñado el cargo de Defensor de la Ciudadanía, un puesto que actualmente está en manos de Francisco Reinoso. El premio Ciudad de Jerez a la Creación ha recaído este año a Francisco López Cepero García, por su dilatada y extensa carrera, de la que se cumplen 50 años. [fuente Diario de Jerez]
martes, 22 de julio de 2008
Discriminación y Derecho de admisión
A muchos nos habrá pasado en alguna ocasión a lo largo de nuestra vida que se nos ha impedido acceder a un local, restaurante o pub, por no llevar la ropa adecuada, quizá por el capricho de un “portero de noche”, o incluso por haber sufrido una discriminación por motivos étnicos, de género y otros en base a un supuesto “derecho de inadmisión” que se otorgan los propietarios de locales. Durante los últimos meses se han presentado algunas quejas –pocas en número, pero significativas- en la Sindicatura de Vitoria-Gasteiz en relación con posibles abusos en el uso discrecional y discriminatorio del llamado derecho de admisión.
Entre nosotros el “derecho de admisión” (o de inadmisión) se viene interpretando como el derecho de los titulares de locales abiertos al público para admitir o inadmitir a una determinada persona, o sea, como la facultad que tienen los titulares de los establecimientos abiertos al público y los organizadores de espectáculos y de actividades recreativas de fijar las condiciones de acceso. Pero, por ejemplo en el Reglamento andaluz que regula esta materia se concibe más bien como el derecho de toda persona a ser admitido con carácter general en cualquier local o espectáculo en las mismas condiciones objetivas que los demás.
Se entienda en un sentido o en otro se trata de una cuestión que afecta a derechos de las personas y que dada su relación directa con la protección con Derechos Humanos viene contemplada y sancionada en el artículo 512 del Código Penal que dice así:
“Los que en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, incurrirán en la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio, por un período de uno a cuatro años.”
La Ley de Espectáculos del País Vasco [1]regula la cuestión del derecho de admisión que pueden establecer los responsables de locales abiertos al público de una manera genérica “de conformidad, en todo caso, con el principio de no discriminación, quedando excluida igualmente cualquier aplicación arbitraria o vejatoria”.
Sólo Andalucía ha regulado entre nosotros de una manera exhaustiva la cuestión del fundamento y límites del denominado derecho de admisión y lo ha hecho mediante el Decreto 10/2003, de 28 de enero, y en el mismo prohíbe establecer condiciones específicas de admisión basadas en criterios arbitrarios de nacionalidad, racistas o sexistas, así como en cualquier otra condición dirigida a seleccionar clientelas en función de subjetivas apreciaciones sobre la apariencia física de las personas, en la discapacidad de las mismas o en otras prácticas similares.
Se prohíbe incluso fijar precios diferenciados en base a tales criterios esta prohibición haría ilegales por ejemplo las entradas con precio especial para mujeres en el fútbol, en discotecas, etc. Sí estaría autorizado fijar precios diferenciados por razones de edad en determinado tipo de espectáculos (cines, teatros, espectáculos deportivos, atracciones recreativas, etc.), aunque tampoco.
El artículo 50 del Real Decreto 2816/82, de 27 de agosto de 1982, del viejo Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, entre otras normas, también establece la responsabilidad de la Empresa de lo que ocurra en su interior, siempre que se haya producido imprudencia o negligencia, por lo cual es comprensible que los responsables de los establecimientos tengan la posibilidad dentro de ciertos márgenes de limitar la entrada al público en razón de algunas causas objetivas.
Asimismo la Ley Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana impone a los propietarios de locales abiertos al público la obligación de impedir en su local el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas y considera infracción grave:
i. La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en locales o establecimientos públicos o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios, administradores o encargados de los mismos.
En este sentido el Tribunal Supremo ha declarado que “... el dueño de un local no está obligado a tolerar la entrada de personas que, por las razones que sean, pueden generar conflictos que puedan afectar a otros clientes del bar o al propietario mismo”. TS 2ª S 16-12-1993. Excmo. Sr. D. Enrique Bacigalupo Zapater.”
El Reglamento General de Policía y Espectáculos Públicos establece que el público no podrá entrar en el recinto o local sin cumplir los requisitos a los que la empresa tuviese condicionado el derecho de admisión, a través de su publicidad o mediante carteles, bien visibles, colocados en los lugares de acceso, haciendo constar claramente tales requisitos (Art.59,e).
En todo caso los requisitos exigibles para el ejercicio del derecho de admisión por los titulares del negocio serán:
a) Dar publicidad de los requisitos.
b) Que los requisitos públicos no discriminen arbitrariamente.
La simple exhibición de un cartel con la leyenda "Reservado el derecho de admisión ", no es por sí misma razón legalmente válida para poder ejercitar la no admisión.
En principio los titulares de locales y servicios abiertos al público tienen unas ciertas facultades para regular la admisión de personas, facultades legitimadas por su responsabilidad ante la Administración y ante terceras personas por lo que suceda en su local, es posible y en ocasiones obligatorio por lo tanto impedir el acceso de personas al establecimiento y, en su caso, la permanencia de éstas en el mismo por motivos de carácter general que se deducen de la ley, como (1) haber completado el aforo, (2) superar el horario de cierre, (3) no tener la edad atendiendo a la normativa vigente, (4) no abonar la entrada, (5) manifestarse mediante formas violentas, (6) cantar o gritar en el local, o (7) provocar o haber provocado altercados, (8) llevar ropa o símbolos que inciten o hagan apología de la violencia, (9) hacer proclamas de xenofobia o racismo, (10) estar consumiendo drogas o mostrar signos evidentes de haberlas consumido, (11) no realizar pedido o consumición alguna que justifique su presencia en el local, (12) estar embriagado, (13) portar armas, (14) intimidar a los demás clientes, (15) haber sido denunciado por la comisión de un delito o falta en el local…
Además de esas causas generales los locales pueden establecer algunas condiciones específicas de acceso relativas a la etiqueta -no calzar deportivas, llevar corbata, o al contrario no llevar corbata o calzar deportivas, prohibir la estética skinhead, calzar botas, exhibir piercings o tatuajes, u otras…, ahora bien esas condiciones particulares para que sean vinculantes para el público deben estar pre-establecidas y debidamente anunciadas en la publicidad o en carteles claramente expuestos en la entrada de los locales. No basta un simple anuncio de que se reserva el derecho de admisión.
Toda persona que no sea admitida en un establecimiento por algún motivo no reflejado debidamente en la puerta de acceso podrá exigir el libro de quejas y reclamaciones para denunciar dicha situación que habrá de valorarse por la Administración competente de acuerdo con el otorgamiento de la licencia, en la mayoría de los casos el propio Ayuntamiento.
En definitiva en esta cuestión, como en tantas otras que tienen que ver con la convivencia, la ley y la costumbre buscan un equilibrio entre intereses legítimos que pueden ser a veces contrapuestos, y exigen de nosotros un comportamiento cívico que tenga siempre presente, cuando ejercemos algún derecho, también los derechos de los otros.
En todo caso de ninguna manera pueden aceptarse decisiones discriminatorias que impidan el acceso de una persona a un local abierto al público por motivos referidos exclusivamente a la etnia, la religión, la orientación sexual, el hecho de tener alguna discapacidad o cualquier otro motivo arbitrario o vejatorio.
Hace falta insistir en que NO nos encontramos ante una cuestión baladí, ya que aunque se trata de relaciones entre privados, que no ejercen funciones públicas, son relaciones que se producen en el espacio público y afectan directa y gravemente a la dignidad de las personas y a los principios constitucionales de igualdad y justicia, de ahí que en caso de que se acredite la voluntad discriminatoria nos podemos encontrar con un hecho delictivo que todo funcionario está obligado a denunciar.
Javier Otaola.- Síndico-Herritarren Defendatzailea
[1] Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.