martes, 12 de mayo de 2009

Defensor del ciudadano de Parla


DEFENSOR DEL CIUDADANO DE PARLA
Defensor del Ciudadano
C/ Ramón y Cajal, 5 posterior. C.P.: 28981Teléfono: 91 202 47 47 Horario: Mañanas: De Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 h. Tardes: Lunes, Martes y Miércoles de 17:00 a 19:00 h. Para pedir cita: De Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 h.
La Oficina del Defensor del Ciudadano de Parla, se configura como una oficina de carácter Público, con funciones de enlace y colaboración entre la Administración Municipal y los ciudadanos de Parla.
Funciones del defensor del ciudadano
Asesoramiento
Información
Atención personalizada
Ayuda
Quedan fuera de su competencia
Funciones de control político de la actividad municipal
Investigaciones de las cuestiones en materia de personal municipal
Cuestiones que estés siendo objeto de procedimiento jurisdiccional
Reserva y discrecionalidad
Las actuaciones que se han de llevar a cabo en el curso de una investigación., se realizarán con la reserva y discreción más absolutas.
En cualquier caso, se respetará la confidencialidad respecto de la identidad del reclamante, cuando este lo solicite expresamente.
Pleno municipal
El Defensor del Ciudadano dará cuenta anualmente al Pleno del Ayuntamiento de la gestión realizada. Para ello presentará un informe anual en el que dará cuenta:
Del número y tipo de quejas presentadas
De las quejas rechazadas y sus causas
De las quejas que fueron objeto de investigación y el resultado
Cuando la gravedad o la urgencia de los hechos lo aconsejen, el defensor del ciudadano podrá presentar en cualquier momento, a iniciativa propia, un informe extraordinario ante el Pleno.
Solicitud del servicio
Quién puede solicitar el servicio
Podrán presentar las quejas:
Toda persona natural o jurídica que manifieste un interés legitimo en relación con la Administración Municipal, no siendo de ningún impedimento:
La nacionalidad
La residencia
La minoría de edad
La incapacidad legal
El internamiento en un centro penitenciario o de reclusión
No podrán presentar las quejas:
Ninguna autoridad Administrativa.
Personal funcionario o laboral del Ayuntamiento con cuestiones relativas a su vinculación y condiciones de trabajo.
Presentación de la queja
Las quejas se presentarán por escrito o verbalmente. En ambos casos se deberá aportar lo siguiente:
Datos personales
Nombre y apellidos
DNI
Domicilio
Teléfono
Firma
Documentación relativa a la queja
Medios de prueba que fundamentes la queja
Gestiones realizadas
Relato de la queja
Documentos
No podrán presentarse quejas después de transcurrido un año.
No se atenderán quejas anónimas.
Tramitación de las quejas
Una vez recibida y admitida la queja, se pondrá en conocimiento del Área de Presidencia e iniciará las medidas de investigación que considere oportunas para clarificarla. Los documentos aportados por funcionarios en las actuaciones tendrán carácter reservado. Las actuaciones de la Oficina del Defensor del Ciudadano serán reservadas.
El Defensor del Ciudadano comunicará el resultado de las investigaciones a quienes hubieran formulado la queja y al Área de Presidencia.
Contra las decisiones del Defensor del Ciudadano no cabe interponer recurso alguno.
El Defensor del Ciudadano podrá realizar advertencias, recomendaciones y sugerencias a los distintos órganos municipales.

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